A lo largo de la historia, las personas se han preguntado qué es la justicia, de dónde vienen las leyes y cómo saber si una ley es buena o mala. Hay muchas formas de responder estas preguntas, pero dos corrientes han sido muy influyentes en el pensamiento jurídico: el iusnaturalismo y el iuspositivismo. Aunque sus nombres suenen complicados, sus ideas pueden entenderse con ejemplos sencillos y cercanos.
El iusnaturalismo parte de la idea de que las leyes justas provienen de la naturaleza humana, de la razón y de la moral. Según esta corriente, existen principios universales de justicia que son válidos para todos los tiempos y lugares, sin importar lo que diga un gobierno. Por ejemplo, pensar que matar a un inocente está mal es algo que, desde el iusnaturalismo, no depende de una ley escrita: incluso si un gobierno hiciera una ley que lo permitiera, esa norma sería injusta y no debería obedecerse porque va contra un principio moral básico. Para quienes siguen esta corriente, los seres humanos tenemos derechos innatos —como la vida, la libertad y la dignidad— que no son creados por la autoridad, sino que existen antes que cualquier ley. Filósofos como Aristóteles, Tomás de Aquino y John Locke defendieron, cada uno a su manera, que la justicia natural y los derechos humanos son anteriores y superiores a las leyes escritas.
En cambio, el iuspositivismo sostiene que el derecho es lo que está establecido en las leyes aprobadas por la autoridad legítima, independientemente de que coincida o no con la moral. Para un iuspositivista, la validez de una ley no depende de que sea justa, sino de que haya sido creada siguiendo los procedimientos correctos. Por ejemplo, si una ley dice que la velocidad máxima en la ciudad es de 50 km/h, esa es la norma que se debe cumplir, aunque tú pienses que sería justo ir a 60 km/h. Filósofos como Thomas Hobbes o Hans Kelsen defendieron que un sistema de leyes claras y respetadas es la base para mantener el orden social, y que mezclar demasiado la moral con el derecho puede llevar a confusiones y conflictos.
Las diferencias entre estas dos corrientes se hacen claras si pensamos en un ejemplo más serio: imaginemos que en un país se aprueba una ley que prohíbe a cierto grupo de personas ir a la universidad por su religión o por el color de su piel. Desde el punto de vista del iusnaturalismo, esa ley sería injusta y no debería cumplirse porque viola un derecho natural: la igualdad. En cambio, desde el iuspositivismo, mientras la ley haya sido aprobada siguiendo las normas del sistema jurídico, es válida y debe cumplirse, aunque más adelante pueda modificarse o eliminarse.
En realidad, ni el iusnaturalismo ni el iuspositivismo ofrecen una solución perfecta por sí solos. El iusnaturalismo puede ser criticado porque lo que se considera “justo” puede variar según la cultura o la persona, y entonces no siempre es fácil saber cuáles son esos principios universales. El iuspositivismo, por su parte, puede caer en el riesgo de aceptar leyes claramente injustas, solo porque fueron creadas legalmente.
Por eso, la mayoría de los sistemas jurídicos actuales combinan elementos de ambas corrientes. Por un lado, se basan en leyes escritas y procedimientos claros, como propone el positivismo jurídico. Por otro lado, incorporan principios de justicia y derechos humanos que provienen del iusnaturalismo, de modo que las leyes no solo sean legales, sino también justas. Así, podríamos decir que mientras el iusnaturalismo se pregunta “¿es justo?”, el iuspositivismo pregunta “¿es legal?”. Lo ideal sería que la respuesta a ambas preguntas fuera la misma: que la ley sea legal y justa al mismo tiempo.
Practica
1. Explique cuales son las principales características del iustpositivismo.
2. Explique cuáles son las principales características del iusnaturalismo.
3. Justifique si usted piensa que las personas sabemos lo que es bueno o no. Utilice 3 argumentos.
4. Ejemplifique 4 derechos que todas las personas deberían tener.
5. Escoja cual le parece mejos si el iusnaturalismo o el iuspositivismo. Brinde 3 argumentos para su respuesta
Comentarios
Publicar un comentario